La Comunidad Peruana de Jóvenes, es una idea de Macv Chávez, después de ver el poco interés que tienen los jóvenes en las diversas situaciones que atraviesa una sociedad en el proceso de desarrollo, cultura y gobierno... motivo por el cuál nace como iniciativa personal crear una comunidad de jóvenes amigos y conocidos, gestores del cambio...

martes, 24 de julio de 2012

Sexo Entre Adolescentes O Justificación A Los Placeres?


Sexo Entre Adolescentes O Justificación A Los Placeres?

Hace poco, en una conversación con un amigo y un sujeto recién conocido, salió como comentario algo que, plasmo con mis propias palabras como sí, sale de mi amigo: Gracias al poder que brinda la democracia, la cuál no es mala sino que es pésima porque la gente no se da cuenta que es oprimida día a día, los políticos promueven leyes que van en contra de la naturaleza de la persona y de su dignidad para justificar sus pasiones y beneficios personales.

Al día siguiente mientras estaba en la mesa, sentí la amarga sensación que en cuestión de segundos malograban el delicioso momento del desayuno que fue preparado y servido con mucho amor, y todo gracias a la noticia que decía que lo expuesto por mi amigo en la conversación de la noche anterior, era verdad y eso se reflejaba nada más y nada menos que en un proyecto de Ley que despenaliza el “sexo entre adolescentes”.

Por tanto, es evidente que: Cada vez estamos viviendo en un mundo más mediocre, dónde la solución se encuentra en la degradación de la sociedad en vez de políticas concretas de Educación, Cultura y Desarrollo; la cual nos permitiría vivir dignamente dentro de la Era de Conocimiento; pero, sin embargo, la realidad nos dice que aún vivimos en la de los Cavernícolas.

Entonces, después de ver esto, me pregunté: Qué es lo que intentan con este proyecto de ley: Sexo Entre Adolescentes O Justificación A Los Placeres?

Para mí, es más lo segundo; y como decidí sustentar eso, me tomé algunos días para leer el Proyecto de Ley: 651/2011-CR, el que me condujo al Proyecto de Ley: 476/2011-CR, con el que me gustaría empezar, tomando algunos puntos que me parecen interesantes y buenos de los párrafos de la Exposición de Motivos:

PROYECTO LEY: 476/2011-CR:

1.- Introducción:

En segundo lugar, esta propuesta legislativa, por un lado, describe y analiza las consecuencias –en todo los ámbitos- dicha colisión, y, por otro lado, muestra que el fundamento dogmático, a partir del cual es posible articular un discurso despenalizador de las precitada relaciones sexuales, es la autonomía de la voluntad, la autodeterminación sexual del joven; es decir, la voluntas y la libertas, como bienes jurídicos inherentes a la naturaleza humana.

2.- El numeral 3 del artículo 173 del Código Penal

3.- Sí la victima tiene entre 14 años de edad y menos de 18, la pena será no    menor de veinticinco ni mayor de treinta años.

Consideramos que los adolescentes mayores de 14 años contarían con un desarrollo psicológico y madurez sexual suficiente, capaces de autodeterminar su sexualidad. En sus relaciones sexuales habría conocimiento y voluntad, así como un criterio propio y una madurez suficiente para discernir sobre lo que implica el ejercicio de su sexualidad. Esto llevaría a concluir que en la mayoría de los casos criminalizados las relaciones sexuales son consentidas, por lo que no se materializaría el delito de violación sexual.

3.- Las Cuestiones Fácticas.

3.1.- A qué edad se inician sexualmente nuestros adolescentes?

Respecto al tipo de pareja con la que los adolescentes reportan tener relaciones sexuales, un estudio realizado por la Universidad Peruana Cayetano Heredia arroja que un 93% de las mujeres y un 52% de los varones refieren haberse iniciado sexualmente con “el enamorado o la enamorada”, lo cual significaría que se trata de relaciones sexuales voluntarias. Este dato se confirma con la información obtenida acerca de los motivos para tener relaciones sexuales, sobre los cuales los adolescentes reportan que son de naturaleza afectiva; es decir, son relaciones sexuales consensuales.

3.2.- La Cruda Realidad.

En el último informe anual de la Defensoría del Pueblo esta institución ha señalado que una de las peores formas de afectación a la integridad sexual y psicológica de los niños, niñas y adolescentes es la violencia sexual, ya que ella afecta gravemente los derechos fundamentales de la víctima.

Por lo tanto, las violaciones sexuales en agravio de adolescentes mayores de 14 y menores de 18 años, cuyo combate pretendió ser el argumento central de su criminalización, no son cometidas por otros adolescentes o jóvenes, con los que –muchas veces- mantienen una relación sentimental, sino por personas adultas, tanto dentro de su entorno familiar como del educativo, en contextos de dependencia y de poder.

 4.- Aproximación diacrónica a la penalización de las relaciones sexuales entre los adolescentes en el Perú.

La redacción original del artículo 173 del Código Penal de 1991 sólo regulaba tres supuestos de relaciones sexuales: cuando el sujeto pasivo era una persona menor de siete año, cuando era menor de diez años, y cuando tenía entre 10 y 14 años de edad.

Dado que en el ámbito mundial y en la sociedad nacional estamos atravesando un proceso secular de laicización y liberalización, con una consiguiente tolerancia y apertura sexual, la legislación penal vigente, en particular, el numeral 3 del artículo 173 del Código Penal, es aún parte de una mentalidad anacrónica y tradicionalista en el campo de la sexualidad.

5.- El consentimiento jurídicamente relevante.

5.1.- El consentimiento jurídico como expresión de la libertas.

A nivel nacional, el numeral 24 del artículo 2 de la Constitución del Perú establece que todos los peruanos tenemos derecho a la libertad y seguridad personal.

5.2.- El consentimiento jurídico como expresión de la voluntas.

Sólo quien se encuentre en status libertatis es realmente libre y, por lo tanto, tiene la capacidad de consentir jurídicamente. De ahí que lo protegido por el Derecho Penal aquí es la libertad sexual como parte de la libertad individual. Por otro lado, cuando una persona no puede consentir jurícidamente, es decir, no se encuentra en status libertatis, no es libre, el Derecho Penal protege la intangibilidad o indemnidad sexual.

5.3.- La Indemnidad y La Libertad Sexuales.

Una vez aclaradas las funciones de la libertas y de la voluntas en el consentimiento es preciso señalar que la libertad sexual puede ser entendida en sentido positivo-dinámico y negativo-pasivo.

El sentido positivo-dinámico alude a la capacidad de la persona de disponer libremente de su cuerpo para efectos sexuales; es decir, la libre disposición por la persona de sus propias potencialidades sexuales, tanto en el comportamiento particular como frente a los demás.

El sentido negativo-pasivo radica en la capacidad de negarse a ejecutar o tolerar actos sexuales en los que no se desea intervenir, esto es en el derecho de la persona a no verse involucrada sin su consentimiento por otra persona en un contexto sexual (aspecto defensivo).

La libertad sexual presupone, en cuanto libertad valorativa, una capacidad cognoscitiva y volitiva en el sujeto pasivo, capacidad referida al significado y trascendencia del acto sexual y del consentimiento que eventualmente puede prestar a él. Esto quiere decir la libertad no es sólo voluntas ni libertas sino también que tiene un trasfondo psicológico de maduración sexual.

Dicho de otra manera, se refiere a la capacidad cognoscitiva de comprender las diversas posibilidades y elegir entre ellas, así como la de actuar conforme a esa elección, siendo totalmente consciente de la potencialidad del placer y de los riesgos de fecundación, así como de la existencia de métodos anticonceptivos.

6.- Qué contraviene la penalización de las relaciones sexuales entre adolescentes?

6.1.- Los principios que limitan la actuación del Derecho Penal.

Las relaciones sexuales.

Las relaciones sexuales donde el sujeto pasivo es un adolescente de 14 a 18 años no se pueden penalizar porque constituyen a una práctica generalizada entre la población nacional, lo cual no afecta – ni pone en peligro- bien jurídico alguno; por el contrario, deben existir mecanismos sociales de regulación o control como, por ejemplo, una educación sexual, acorde con una educación sentimental y con valores, adecuada que permita que los adolescentes vivan su sexualidad de manera informada y responsable.

8.- Las victimas de la penalización de las relaciones sexuales entre adolescentes.

Los adolescentes no deben estar en la prisión en su etapa de formación como adultos, ya que la cárcel sirve como escenario para la educación para el delito (subcultura criminal). Quienes ingresan por primera vez a un penal, siendo tan jóvenes, son más propensos, cuando no obligados por las circunstancias, a aculturarse al mundo delincuencial (proceso de prisionización). 

Análisis del Costo Beneficio del presente proyecto de ley

Si bien es cierto que existen violaciones sexuales en agravio de los adolescentes, las estadísticas muestran que los victimarios son personas mayores, ligadas a su propia familia y a su entorno escolar. En estos supuestos es evidente que existe violencia por parte del sujeto activo y resistencia (falta de consentimiento) por parte del sujeto pasivo.

Efecto de la vigencia de la norma sobre la legislación nacional

En ese sentido, la derogación del numeral 3 del artículo 173 del Código penal, mediante la aprobación de éste Proyecto de Ley, permitirá que los adolescentes no sientan temor de acudir a los establecimientos públicos de salud para solicitar información sobre sus derechos sexuales y su salud reproductiva. Esto evitará que se den embarazos precoces y disminuirá el riesgo de contagio de VIH y de las ETS.

En los casos en que la mujer no decida abortar, es muy difícil que el padre decida reconocer a su hijo, puesto que no querrá ser condenado por la comisión del delito de violación sexual, máxime si, como sucede en la mayoría de los casos, ellos han sido y siguen siendo pareja. Sin embargo, no debe descartarse el hecho de que algunos jóvenes deciden contraer matrimonio con el fin de no ser detenido, el cual en tanto forzado termina fracasando.

PROYECTO LEY: 651/2011-CR:

3.- Justificación de la modificatoria del artículo 175

El Acuerdo Plenario precitado destaca que debe entenderse que hay delito cuando se trata de ausencia de consentimiento válidamente prestado por el sujeto pasivo. Véase como ejemplo, las relaciones sexuales en el marco del ámbito preuniversitario a propuesta de los docentes respecto de sus alumnas/os, o en el servicio militar obligatorio entre el personal instructor y el personal de tropa, o cuando el autor tiene una notoria diferencia de edad con la víctima; todas estas situaciones son un ejemplo de un aprovechamiento de la situación de superioridad respecto del sujeto pasivo que mellan el consentimiento válido de la parte agraviada aunque no se configure la grave amenaza, requisito de tipicidad del tipo básico de violación. De no reformar el tipo penal del artículo 175 estas situaciones, que deben ser reprochables penalmente, devendrían en atípicas pese a que se trata de casos en los que hay un contexto de vicia el consentimiento y, por tanto, éste no puede considerarse válido.

Redacción vigente
Redacción propuesta
Artículo 175.- Seducción


El que mediante engaño tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o introduce objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías, o a una persona de catorce años y menos de dieciocho años será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años.
Artículo 175.- Violación sexual por engaño, superioridad o vulnerabilidad.

El que, mediante cualquier forma de engaño, o valiéndose de una situación de superioridad por posición o cargo, o aprovechándose de la vulnerabilidad de la víctima, tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías a una persona entre catorce años y menos de dieciocho años, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis.

Después de terminar de leer esto, surgen algunas preguntas sobre dos temas importantes, para los que usaré algunos fragmentos de mi lectura, para proceder exponer qué pienso:

1.- Madurez Sexual:

  • Función de Reproducción en el Ser Humano:

Al final de la adolescencia, hacia los 18 o los 20 años, dependiendo de cada persona, el organismo ha alcanzado la madurez física que caracteriza al adulto.

  • Estudio de la relación entre el somatótipo y la madurez sexual con la cualidad física fuerza en niños y adolescentes:

Sin embargo, tras los nueve años de edad, hay un abrupto aumento en la tasa de crecimiento estatural en las niñas en función de las alteraciones hormonales, lo cual se mantiene aproximadamente hasta los 11 o 12 años, se va notando velocidad de crecimiento máximo aproximadamente a los 11 años, o un año antes de la menarca (ASHER, 1976), Con respecto al sexo, la fuerza de niños y niñas en la infancia es equiparable (FUKUNAGA, 1976; FREY, 1978 apud KRAMER Y FLECK 1999); con el transcurrir de la edad, hay un rápido aumento de la fuerza en los niños – niñas presentan sólo un pequeño aumento, alcanzando su máximo entre 20 y 30 años, edad a partir de la cual tiende a decrecer progresivamente.

En relación a los niños, la autora relata que también ocurre un impulso en el crecimiento, en promedio a los 11 años de edad, alcanzando su mayor velocidad próximo a los 14 años.

2.- Desarrollo Psicológico:

  • Características de Desarrollo Psicológico del Adulto de Néstor Fernández Sánchez (profesor asociado a BTC, Facultad de Psicología, UNAM):

El sentido común señala que los adultos piensan de una manera diferente a los niños – que los adultos pueden sostener diferentes clases de conversaciones, comprender material mucho más complicado y resolver problemas más allá de las capacidades de la mayoría de los niños o aún de muchos adolescentes -. Pero, ¿qué tan correcto es esto? Y si las diferencias existen, ¿cuál es la base de ellas?

Otro de los modelos de tendencia cognoscitiva describe diferentes estadios cognoscitivos argumentando que el desarrollo intelectual procede como una serie de transiciones desde:

1.- ¿Qué necesita saber? - adquisición de habilidades en la niñez y en la adolescencia, a través de
2.- ¿Cómo debería usar lo que sabe? - integración de estas habilidades dentro de un marco práctico, a
3.- ¿Por qué debería saber? - búsqueda del significado y el propósito que culmina en
4.- La sabiduría de la vejez.

El papel de la experiencia en los juicios morales.

El adagio “vive y aprende” resume el desarrollo moral del adulto. La experiencia, a menudo, lleva a la gente a revaluar su criterio sobre lo que es correcto y justo. Generalmente, las experiencias promueven tal cambio tienen un componente emocional fuerte, lo que motiva el volver a pensar, de manera tal que las discusiones impersonales e hipotéticas no pueden descontrolarnos.

Algunos compañeros tienden a discriminar a la mujer ubicándola como futura competencia por sus atributos biológicos más que por los intelectuales.

La experiencia de la vida juega otro importante papel ya que la información “teórica” obtenida en las aulas no tiene valor si no ha sido llevado a la práctica  - combinada con las propias limitaciones de la vida real-. Aunque los prototipos de estilo de vida que nos muestran los medios masivos de comunicación son inalcanzables para la mayoría de la gente en nuestro país, apoyan a que el individuo compare su estado actual de estilo de vida con las posibles alternativas que el mundo ofrece. Las relaciones sociales nos permiten – como cuando se está entre los 4 y 8 años de edad – comprar con nuestro entorno inmediato lo que somos, tenemos y aspiramos.

  •  Desarrollo emocional: impacto en el desarrollo humano de Gloria Mulsow G. Docente del Instituto de Filosofía y Estudios Educaciones, Universidad Austral de Chile:

El desarrollo humano no sólo debe ser sostenible sino que debe permitir que la persona se auto sostenga, en un medio cambiante, dinámico y globalizado.

El hombre ante todo es un ser social. Lo cual depende de su ambiente social no sólo para sobrevivir físicamente, sino para su desarrollo psíquico y espiritual. La herencia cultural, la que no puede concebirse sin la sociedad, proporciona a los seres humanos contenido y forma a su existencia.

Para lograr un Desarrollo Humano más armónico desde la perspectiva de la persona como ser evolutivo e interactivo es necesario desarrollar vínculos emocionales apropiados principalmente con los seres cercanos, los que nos permitirán generar espacios vinculantes con otros, pero a la vez sentir la contención efectiva que nos favorezca al momento de aprender el manejo de las emociones y no la inhibición de las mismas, pudiendo otorgar a otros la contención efectiva necesaria para establecer relaciones interpersonales significativas (Erikson, 1994).

Los estudios revelan que aquellas personas que han tenido un vínculo emocional de respeto, de acogida, de valoración por parte de su familia, han sido capaces de desenvolverse en mejores condiciones en la escolaridad, en los contactos sociales y sus vidas son más satisfactorias y con calidad (Gottman, 1997).

Las opciones esenciales a través de las cuales se define el Desarrollo Humano, desde una postura sustentable y sostenible: llevar una vida saludable, adquirir conocimientos, y tener acceso a los recursos necesarios, para mantener un nivel de vida que permita satisfacer las necesidades básicas, ayudará a favorecer un buen desarrollo en todo sentido. Sin embargo, si estas opciones esenciales no están a mano, otras oportunidades serán inaccesibles.

  • Desarrollo Psicológico: Equivalencia y control de estímulos de J. Saúl Hernández López, Seminario monográfico II, Mestría en Psicología 1997:

Uno de los conceptos más descriptivos, involucrado con el Desarrollo Psicológico es el de aprendizaje, convertido por los esquemas empiristas en éxito conductual y modulado por la estructura escolarizada, ha colocado a los cambios progresivos de la conducta como ideal y además como opuesto a lo no controlado.

Una consideración importante en el desarrollo, es observar que la maduración entabla solo relaciones entre seres biológicos y no psicológicos. La presencia de respuestas orgánicas condiciona la presencia de nuevas funciones no de nuevas relaciones. Si bien es cierto que la conducta adquiere valores per se, en cuanto a lo que produce, eso también lo hace en contextos sin maduración biológica.

Así la condición biológica representa la presencia de funciones y su agotamiento en tiempos precisos de la vida humana, para presentarse posteriormente en nuevas condiciones (como la menstruación). Mientras que los procesos conductuales (psicológicos) pueden prescindir de ellos. Los organismos impedidos de procesos psicológicos, tal vez por alguna disfunción, no lo están al mismo tiempo de los procesos biológicos o viceversa (Peck, S. 1996, Schwartxz, I. 1996), es decir lo biológico ocurre en un justo momento, no así lo psicológico.

  • ¿Cómo nos adaptamos a la sociedad, respetando sus normas?  de Monserrrat Conde Pastor, Doctora en Psicología (UNED) y Terapeuta Ocupacional:

Podría definirse la socialización como un proceso mediante el cual la cultura es inculcada a los miembros de la sociedad, transmitiéndose así de generación en generación. Los individuos aprenden conocimientos específicos, desarrollan sus potencialidades y las habilidades necesarias para la adaptación a las formas de comportamiento organizado característico de su sociedad. En este sentido, las relaciones sociales del niño, son probablemente una de las dimensiones más importantes del desarrollo infantil.

¿Quién interviene en el proceso de socialización del niño y cómo influyen en su futuro?

En el proceso de socialización, mediante el cual como hemos dicho, el niño asume y acepta todas las normas sociales imperantes, intervienen no sólo personas significativas para el niño, como por ejemplo los padres o los hermanos, sino también los agentes de socialización (la escuela entre otros).

Uno de los principales agentes de socialización en la vida de los individuos, en la historia de la humanidad, ha sido la familia. Realmente, el proceso de socialización se da a través de las instituciones que conforman a la sociedad, la familia en primer lugar, y después, la escuela y otras instancias como los medios de comunicación, los grupos de amigos, etc.

Por ejemplo, una niña nacida en un pequeño pueblecito del campo, será probablemente educada dentro de unas normas que son las que imperen en ese mundo que la rodea. Su familia, la escuela, etc., ejercerán un papel importante para que esa niña probablemente sea feliz sin ir a la universidad, teniendo hijos, atendiendo a su esposo, etc. Sin embargo, la misma niña nacida en una gran ciudad, con unos padres habituados a otro tipo de cultura, es probable que estudie, vaya a la universidad y sus aspiraciones profesionales y personales sean otras muy diferentes.

De la misma forma, los sentimientos, se llegan a desarrollar de manera natural, encargándose muy bien la estructura social de reforzar el aprendizaje de los roles, mediante el sistema de premios y castigos.

En ese sentido, el argentino Víctor Iturralde, en el año 1974, manifestaba que la televisión y algunos otros medios, constituían un formidable frente organizado contra la inocencia del niño.

Como dice Alvaro Marchesi, la moralidad es principalmente un asunto de respuestas específicas a situaciones particulares. Para los teóricos del aprendizaje social, la conducta moral es adquirida normalmente en función de las condiciones particulares que el niño encuentre en cada uno de los ambientes en los que se mueve. Por ejemplo, un niño puede aprender cumplir unas normas en casa pero no en el colegio y viceversa, a respetar unas prohibiciones pero no otras, o incluso a cumplir unas normas delante de unas personas y a infringirlas delante de otras.


Exposición Personal sobre el Tema:

Me sorprende la forma como dibujan la Ley en un eslogan que parece razonable y que, por lo tanto, tendría aceptación mediocre e ignorante de parte del pueblo.

Según la promoción que recibe el Proyecto de Ley 651/2011-CR que, promueve la Despenalización del “Sexo Entre Adolescentes”, el problema está cuando la niña, de 14 a menos 18 años, queda embarazada, mediante el acto consensuado; en este caso, el niño que, según el eslogan tendría entre 14 a menos 18 años, no podría asumir el rol de padre porque automáticamente el Código Penal penaliza como violación el acto sexual entre ellos, según lo que dicen que especificado en el actual artículo 173.

Pero, sí nos enteramos bien, podríamos darnos cuenta que la publicidad es falsa,  y que los creadores de este Proyecto de Ley son verdaderamente hábiles para refregar en la cara al pueblo que gracias a su ignorancia y mediocridad, ellos, los políticos hacen lo que quieren.

Se preguntaran por qué digo que hacen lo que quieren, es sencillo: Sí nos dedicamos a investigar un poco para salir de la ignorancia para luego caer en la mediocridad que después nos ayudaría a pensar, a estar en un camino de lograr ser inteligentes, cosa que nos podría llevar a sabios, de acuerdo a la práctica y experiencia; pero bueno, volviendo al tema, al investigar nos damos cuenta que el Código Penal, no se aplica a los menores de edad, porque los menores de edad no se rigen por él, para ellos existe el Código del Niño y Adolescente, por el cuál ellos son sujetos inimputables para el Código Penal.

Entonces, pensemos, sí la promoción de la supuesta ley que despenalizará el “Sexo entre Adolescentes” intenta impedir que los adolescente vaya a prisión, por qué intenta cambiar el Código Penal, qué es para las personas mayores?

Analizando nos damos cuenta que el eslogan de la promoción no es más que otro engaña muchachos, que se suma a la lista, del gobierno, promocionando así la irracionalidad de las personas, ya que, sí este proyecto de ley se aprueba, se estaría  dando rienda suelta a las bajas pasiones de los hombres o mujeres, para tener libertad de acostarse con un menor de edad, sin importar la edad máxima, siempre y cuando la edad mínima sea de 14 años.

Aquí algunos podrían decir lo mismo que está en la exposición de motivos, quizás con alguna variación en el uso de la palabra: Pero, sí ya son grandes, ya se han desarrollado y quieren hacer uso de su cuerpo para poder mostrar su afecto y amor a las personas que quieren. O quizás dirán, estamos en un mundo moderno, dónde los niños conocen mucho y no existen tabús; por tanto, no podemos tratarlos como a los de nuestra generación. Y decir esto sería lo mismo que lo expresado en la exposición de motivos del proyecto de ley, que los adolescentes de 14 y menos de 18 años han alcanzado la suficiente madurez sexual y desarrollo psicológico como para poder saber y ser conscientes de las consecuencias que trae el acto sexual.

De acuerdo a lo leído, en la exposición de motivos, se puede decir que sí la ciencia indica que la madurez sexual se da en el alcance de la velocidad del desarrollo sexual por le que pasa toda niña o niño, la cual es, a los 14 años; por tanto, al lograrlo, alcanzarían la libertad de acto para, poder así, hacer uso de su sexualidad; pero, leí en otro documento, que al final de la adolescencia, hacia los 18 o los 20 años, dependiendo de cada persona, el organismo ha alcanzado la madurez física que caracteriza al adulto.  También, la misma exposición habla sobre el Desarrollo Psicológico, segunda razón, por la cuál deberían aprobar el proyecto de ley; pero, como la ciencia, en éste caso, indica que la persona no pudiera alcanzar el desarrollo psicológico a la edad de 14 años, ya que es una constante evolución que sufre la persona, la cuál se podría resumir en algunos pasos: 1) ¿Qué necesita saber? Adquisición de habilidades en la niñez y en la adolescencia, a través de 2) ¿Cómo debería usar lo que sabe? Integración de estas habilidades dentro de un marco práctico, a 3) ¿Por qué debería saber? Búsqueda del significado y el propósito que culmina en 4) La sabiduría de la vejez. Por tanto, aquí vemos una contradicción, entre la madurez sexual y desarrollo psicológico; observamos que los dos no se obtienen a la edad que el proyecto de ley afirma que lo alcanzan. Así, podemos saber que simplemente la ley está basada en dos razones: la primera, la (científica) madurez sexual que alcanzan los niños a los 14 años de edad; y la segunda, la práctica generalizada del sexo por niños, de la edad de 14 a menos de 18 años, lo cuál en muchos casos termina en embarazos no deseados, de los que gran número de embarazos es abortado clandestinamente, porque el aborto está penado en nuestro país por ser un delito, un delito que no se debe despenalizar; esta práctica sexual de las niñas que terminan en embarazos, casi, no es entre adolescentes, es con personas mayores que ellas, que incluso tienen una diferencia de edad notoria, lo cual es consecuencia de la existencia de tantas madres solteras, menores de edad.

Después de todo esto, me pregunto, qué finalidad tiene cambiar el artículo 170 y 173 y 173A del Código Penal? No necesitaría pensar la respuesta, por eso digo: Sencillamente el fin es la Justificación a los Placeres sexuales, despenalizando el acto sexual con menores de edad. Ya que considerando que el cambio de estos tres Artículos tiene como fin despenalizar el Sexo Entre Adolescentes, el cual está penado, siempre y cuando la persona pasiva sea menor de edad; pero, que no se aplica porque los menores de edad son sujetos inimputables; por tanto, pienso que la ley sería infructífera y que es un error el eslogan que se quiere despenalizar; pero, como no se intenta despenalizar el Sexo Entre Adolescente, sino el Sexo con Adolescentes. El Proyecto de Ley sería fabuloso, excelente, magnifico, para las aberraciones sexuales que tienen algunas personas, para las fantasías eróticas, paras las degradaciones sociales, las cuales permiten que los adolescentes no logren un desarrollo personal ni social; en muchos casos, presentando escasa capacidad de producción, desarrollo, cultura, educación, conocimiento del bueno, para no dejarse manipular por los medios de comunicación ni permitir así que el país sea gobernado por ineptos, corruptos e improductivos.

En vista que la supuesta intención del Proyecto de Ley en los Artículos 170, 173 y 173A, no es despenalizar el Sexo con Menores de Edad, sino Entre Adolescentes, no es necesario cambiar estos artículos del Código Penal; por lo que, pienso que sólo se debería modificar el inciso 3 del Artículo 173 agregando: “Salvo aquellos casos donde el acto sexual sea consensuado y con una diferencia de edad no mayor a 5 años.

Por otro lado, sí debería ir el cambio propuesto para el Artículo 175 del Código Penal, porque la intimidad con engaño, superioridad o vulnerabilidad, es un aprovechamiento, y lo cual también es una violación.

La población no puede permitir ni aceptar la aprobación de este Proyecto de Ley, tanto del 651/2011-CR y del 476/2011-CR, porque fomentaría el Sexo con Adolescentes, promocionando, en algunos menores, la prostitución secreta y liberal de su cuerpo, lo que conllevará a que la población adolescente se embriague de placeres que desviarían su atención de su desarrollo personal, social, psicológico, familiar, pudiendo obtener algunos traumas, que provocarán dificultad en su autoestima, valoración, sexualidad, entre otros.

Después de tener en claro que el Proyecto de Ley no debe ser aprobado, tal y como está, que deberían hacerse modificaciones cercanas a lo propuesto, es decir agregando la excepción en el Artículo 173ª inciso 3 y el Artículo 175, tal y como está propuesto, o mejor, en el Proyecto de Ley 651/2011-CR, podemos hablar sobre otros temas que menciona la Exposición de Motivos al intentar sustentar las razones para su Justificación A Los Placeres.

Sí decimos que los niños de 14 años a menos de 18 años, son suficientemente maduros como para poder valerse por sí mismos y actuar libremente y asumir responsabilidades de sus actos, entonces por qué en vez de cambiar estos Artículos del Código Penal, no le brindamos los misma protección y responsabilidad que tienen los adultos, quitándoles la inimpunidad ante el Código Penal? También, por qué no hacemos una encuesta y evaluamos sí realmente el sustento es verdad; sí en verdad estos niños de 14 a menos de 18 años de edad, son capaces de ser concientes, de tener voluntad, una voluntad actuada con razón y responsabilidad, por qué no dejarlos trabajar libremente, sin necesidad de recurrir a un permiso del padre o tutor para poder hacerlo? Por qué no dejamos que vivan solos? Por qué no dejamos que elijan sí quieren estudiar o trabajar? Por qué gastamos tanto dinero en educación para adolescente que cursan la secundaria en tantos colegios nacionales que demanda inversión y gasto de dinero, que no resulta nada fructífero para él, la comunidad ni el estado, sea por la calidad educativa o por el descuido de ellos mismos?

Por otro lado, sí el numeral 24 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú es uno de los justificantes para el cambio de los artículos 170, 173 y 173A, por qué el estado no trabaja en temas de seguridad, que es un tema preocupante para todos, por la inseguridad que existen en las calles?

Sí en su justificación dicen que deben existir mecanismos sociales de regulación y control como, por ejemplo, una educación sexual, acorde con una educación sentimental y con valores, adecuada que permita que los adolescentes vivan su sexualidad de manera informada y responsable; qué hacen con tantos programas a media tinta? Ahora, al recordar éste tema, recuerdo aquella vez, cuando aún estaba en la secundaria, ya pasaron muchos años y no sé sí lo sigan haciendo, cuando fueron a repartir condones los de la posta del lugar, apelando que estaban en una campaña de sexualidad y que por tanto debían repartir condones; esa fue toda la información que brindaron, y empezaron a repartir condones a por doquier;  recuerdo que aquella vez algunos compañeros ya mayores, decían que esos condones se rompían, que eran una porquería, que sí los usaba que mejor pensara en comprar pañales después de nueves meses.

Creen que con políticas cómo estas podríamos desarrollarnos como País? No, considero que sería seguir retrocediendo en vez de avanzar. Cuántos jóvenes son capaz de pensar? De actuar? Cuántos actúan como robots? Cómo títeres? Ante los problemas que existen dentro de la comunidad, localidad, región y nación, dónde existe una pobreza cultura tan grande a pesar de tener tantas riquezas culturales, las cuál existe, por falta de incentivo de parte de los padres, de los profesores, de ejemplos sociales, entre tantas cosas más que ayuden a valorar esa inmensa riqueza cultural que tenemos, para poder empezar a desarrollarnos en conocimiento y humanidad responsable. La humanidad se está perdiendo cada vez más, por el hecho de actuar como marionetas de corrientes que sólo tiene como fin último el consumismo, que ha causado que el hombre tenga un valor calculable, que la vida se aprecie poco y que los niños, adolescentes, jóvenes, adultos, ancianos, se vayan depreciando con el paso de los años a un nivel tan bajo que la vida de las personas importa menos que el dinero, o desaparezca con el dinero.

Y termino diciendo: Este Proyecto de Ley tiene el mismo mensaje de todo político: Los Queremos Ignorantes, Manipulables, para hacer lo que queramos, es decir, fingiremos trabajar por y para ustedes, trabajando sólo para nuestro propio bienestar, sin ir a soluciones concretas en problemas de Educación, Conocimiento y Cultura, que les ayudaría a tener una vida digna....





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lunes, 16 de abril de 2012

¿Se Ha Perdido La Dignidad Humana?

No sé cómo empezar... ¿Con una respuesta sencilla? Creo que no; no veo conveniente responder con un “sí” o un “no” a este asunto que es la raíz de tantos problemas que observamos en la sociedad; por tanto, considero importante empezar por preguntarme: ¿Qué es la Dignidad Humana?

Desde mi perspectiva, “la dignidad humana es la calidad de vida (respeto, alimentación, salud, educación, conocimiento, cultura, trabajo, seguridad, igualdad, libertad) en toda persona como derecho y deber - fuera de las obtenciones materiales y espirituales de los logros personales - con el fin de alcanzar la felicidad, sin perjuicio personal ni de los demás”.

Después de definir la dignidad humana, me viene a la mente otra pregunta: ¿Podemos hablar que se ha perdido?

Sinceramente, ¡no! Desde mi experiencia, durante los años de uso de razón y del conocimiento en diversos campos - de estudio, trabajo y relaciones sociales; además de vivir en la capital de mi país, gran parte de estos años - afirmo que no. Y digo que no, porque estoy seguro que no se puede perder algo que ni siquiera es tuyo, porque ni siquiera lo conoces, no sabes que es tuyo; simplemente lo ignoras porque no tienes ni idea de lo importante que es.

Volviendo al tema, no podemos hablar de pérdida porque la gran mayoría de las personas no han aprendido a vivir como seres humanos; se han limitado a vivir como primates; caminando como caballos, corriendo como toros, mordiendo como lobos, parecen familia de cocodrilos, viajando como si fueran sardinas enlatadas, reaccionando por instinto, por impulso, por feedback, sin la necesidad de usar aquello que nos diferencia de los demás seres vivos, el cual lo tienen como un simple adorno, un adorno empolvado, descuidado, maltratado por el olvido… Cada día se usa menos la razón, cada día somos más robotizados, titerizados que humanos, por tanto, no se podría decir que muchos han perdido su dignidad humana, si ni siquiera la conocen.

Entonces, ¿cómo podríamos hablar de la dignidad humana como un tema para todos, si la gran mayoría ni siquiera sabe que existe y muchos de los que dicen saber ni siquiera saben bien con qué se adereza ni con qué se come? Sencillamente muchos no han aprendido a ser humanos; por tanto, es imposible que hablemos de la pérdida de la dignidad humana; por el contrario, podríamos hablar de que la dignidad humana sigue siendo un tema de olvido, de ignorancia, de mediocridad, de no conveniencia para los grandes poderosos, de esos que quieren dominar a las masas para que se crean mejores, simplemente por ser parte de la élite que finge ser sabia sin tener ni idea de lo que profesa…

[Continuará…]

@Macv Chávez
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jueves, 29 de marzo de 2012

Agentes De Cambio


La sociedad actual en la cual vivimos está muy carente de valores, cultura y conocimiento. La ausencia de ellos nos muestra la sociedad que tenemos; por esa razón, viendo la magnitud de carencias que sufrimos, considero importante que los jóvenes de hoy, debemos ser agentes de cambios para los jóvenes del mañana, los que serán los encargados de mejorar este cambio que cimentaremos en el ahora de esta realidad es cruel, aunque muchos no lo ven así. Será porque estas personas están preocupadas en sus problemas que los vuelve ciego ante estas carencia que existe en la sociedad o que simplemente no les interesa?

Respondiendo hace poco a algunos cuestionamientos decidí apostar por este gran cambio. Difícil pero no imposible. Creo que hay jóvenes dispuestos a ser parte de este cambio, a convertirse en agentes de cambio, y he ido conocido a algunos de ellos, a los que iré invitando a participar en este proceso, gran proceso, que es necesario afrontar para poder lograr una mejor sociedad.

No importa cuán largo sea el camino, ni cuantos tropiezos se tengan; lo importante aquí es: cuánto se ha luchado y qué logros se han logrado? Por eso, para cambiar las cosas debemos empezar por ese deseo de querer hacerlo, luego ponernos manos a la obra mejorando uno durante el mismo proceso.

Sí el tiempo quiere ser cruel con este sueño, le diré al tiempo que no me rendiré, porque como buen Peruano amo todo lo que hago porque es para el bien de mi amado Perú.

Tengo una y mil y un razones para seguir luchando; tengo aquellos rostros desolados clamando sólo una mirada, esas voces calladas esperando encontrar un oído que los salve del silencio infinito, esas manos que esperan un guía para caminar, esas personas que suplican al viento la caricia de un buen reconocimiento, esos hijos que ruegan a la lluvia el amor de sus padres como gotas, esas personas explotadas que piden marcharse a la neblina que les deje ver la vida propia que necesitan, esas flores marchitadas por los jardineros descuidados que se sentaron a contemplar el ocaso de los ruegos.

Estas son sólo algunas razones, existen muchas más y creo que tú también tienes otras razones que a mí y a los demás nos pueden interesar; por eso me gustaría saber: Tú qué piensas?




Autor: Macv Chávez
http://facebook.com/macvchavezescritor